Con el D.P.R n. 96 del 21 de julio de 2022, el Presidente de la República ejecutó la disolución de las Cámaras. Con el D.P.R n. 97 del mismo día, se fijó para el 25 de septiembre de 2022 la convocatoria para las elecciones a la Cámara de Diputados y al Senado de la República. Los ciudadanos residentes en el extranjero votarán por los candidatos de la Circunscripción en el exterior.
Según la Ley del 27 de diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero inscritos en las listas electorales de la circunscripción en el exterior votan por correo, recibiendo el sobre electoral en su domicilio. Por ello, se recomienda comprobar y actualizar la situación de sus datos personales y domicilio en su Consulado, preferentemente a través del portal online de los servicios consulares Fast.it.
Como alternativa al voto por correspondencia, los ciudadanos registrados en AIRE pueden ELEGIR VOTAR EN ITALIA EN SU PROPIO MUNICIPIO, comunicando por escrito su decisión (OPCIÓN) al Consulado ANTES DEL 31 DE JULIO DE 2022 (el 10° día siguiente a la convocatoria de las votaciones). Esta comunicación puede enviarse en el formulario correspondiente o en papel normal y -para ser válida- debe contener el nombre, apellido, fecha, lugar de nacimiento, lugar de residencia, firma del elector y debe ir acompañada de una copia de un documento de identidad vigente del declarante y donde se visualice claramente la firma del interesado/a.
Las solicitudes deben enviarse por correo electrónico antes del 31 de julio de 2022 a: consolato.managua@esteri.it.
Los electores que opten por votar en Italia en las próximas elecciones políticas recibirán de sus respectivos municipios italianos el aviso para votar -en los colegios electorales de Italia – por los candidatos de las circunscripciones nacionales y no por los de la Circunscripción de residentes en el exterior.
La opción de votar en Italia es válida solo para una consulta electoral.
En todo caso, se reitera que dicha opción DEBE LLEGAR a la Oficina Consular ANTES DE QUE TRANSCURRAN 10 DIAS DESDE LA FECHA DE LA CONVOCACION A LAS VOTACIONES. Como exige la legislación vigente, corresponderá a los electores comprobar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida en tiempo útil en su oficina Consular.
La opción de votar en Italia puede ser posteriormente REVOCADA con una comunicación escrita que se enviará o entregará a la Oficina Consular con las mismas modalidades y dentro de los mismos plazos previstos para el ejercicio de la opción.
Si el elector decide viajar a Italia para votar, la Ley NO prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje incurridos, sino sólo ventajas tarifarías dentro del territorio italiano. Sólo los electores residentes en Países donde no existen las condiciones para votar por correspondencia (Ley 459/2001, art. 20, inciso 1-bis) tienen derecho al reembolso del 75 por ciento del coste del billete de viaje, en clase económica.
La Oficina Consular está disponible para cualquier aclaración.