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EXPEDICIÓN DE UN PASAPORTE PARA UN PROGENITOR CON HIJOS MENORES DE EDAD

Se informa a los italianos, padres de niños menores, que a partir del 14 de junio de 2023 ya no será necesario presentar el consentimiento del otro progenitor para la expedición de su propio pasaporte en aplicación del Decreto Ley 69/2023.

Más concretamente, el artículo 3-bis modificado de la Ley nº 1185/1967 indica que, cuando exista un peligro concreto y actual de que, debido al traslado al extranjero, pueda eludir el cumplimiento de sus obligaciones para con sus hijos, será posible que el otro progenitor solicite una medida cautelar contra la expedición del documento.

La solicitud podrá presentarse ante el juez competente del tribunal ordinario donde el menor tenga su residencia habitual o, si el menor reside en el extranjero, ante el tribunal en cuya circunscripción se encuentre su distrito de inscripción en el AIRE.

A efectos de expedición de documentos para menores, en cambio, se mantiene la obligación del consentimiento firmado por ambos progenitores o por la persona que ejerza la responsabilidad parental.