Con decretos del Presidente de la República de 31/03/2025, publicados en la “Gazzetta Ufficiale” de 31/03/2025, la fecha de los referendum derogatorios en conformidad con el art. 75 de la Costituzione se fijó el 8 y 9 de JUNIO de 2025.
Se recuerda que VOTAR es un DERECHO protegido por la Constitución italiana y que, en base a la Ley del 27 de diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, inscritos en las listas electorales, pueden VOTAR POR CORREO y recibir el paquete electoral en su domicilio de residencia. Para ello, se recomienda comprobar y regularizar sus datos personales y dirección en la oficina consular competente, preferentemente a través del portal en línea de servicios consulares Fast It.
Como alternativa al voto por correo, los electores inscritos en AIRE pueden ELEGIR VOTAR EN ITALIA EN SU MUNICIPIO DE REGISTRO ELECTORAL, comunicando su elección (OPCIÓN) por escrito al Consulado antes del décimo día siguiente a la convocatoria de votación. Los electores que opten por votar en Italia con motivo del próximo referéndum recibirán de sus respectivos municipios italianos la tarjeta postal de aviso para votar en los colegios electorales de Italia. La elección (opción) de votar en Italia sólo es válida para el referéndum para el cual se expresa.
Se reitera que en todo caso la opción DEBE LLEGAR a la oficina consular A MÁS TARDE DE LOS DIEZ DÍAS DESPUÉS DE LA CONVOCATORIA, ES DECIR EL 10/04/2025. Esta comunicación puede realizarse en papel normal y – para ser válida – debe contener el nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, acompañada de copia de un documento de identidad del declarante.
Para esta comunicación también se puede utilizar el formulario correspondiente que puede ser descargado del sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Internacional (www.esteri.it) o del de su oficina consular correspondiente (aquí).
El formulario, debidamente rellenado, firmado y acompañado de un documento de identidad, podrá entregarse/enviarse:
- en mano: en la Embajada de Italia en Managua
- por correo: en la Embajada de Italia en Managua
- por correo electrónico ordinario: consolato.managua@esteri.it
- por correo electrónico certificado: cons.managua@cert.esteri.it
Como exige la legislación vigente, los electores serán responsables de verificar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida en tiempo y forma en su oficina consular. Las solicitudes recibidas fuera del plazo indicado anteriormente NO se considerarán válidas.
La elección de votar en Italia podrá ser REVOCADA posteriormente mediante comunicación escrita que deberá enviarse o entregarse en la oficina consular del mismo modo y en la misma fecha establecida para el ejercicio de la opción.
Si elige regresar a Italia para votar, la Ley NO prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje incurridos, sino sólo concesiones arancelarias dentro del territorio italiano.
LA OFICINA CONSULAR ESTÁ DISPONIBLE PARA CUALQUIER ACLARACIÓN ADICIONAL.
01/04/2025