La Ley no 226 de 23 de agosto de 2004 (G.U. no 204 de 31.8.2004), dispone – a partir del 1 de enero de 2005 – la suspensión anticipada del servicio militar obligatorio y la institución del servicio militar profesional.
Los ciudadanos italianos que deseen repatriarse para prestar el servicio militar voluntario no pueden disfrutar de los beneficios previstos por la Ley 433/66, que regula la repatriación a expensas del Estado exclusivamente para las obligaciones de servicio militar.
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