El consulado registra los eventos esenciales relacionados con el ciudadano: nacimiento, matrimonio, muerte, divorcio. Todos los ciudadanos italianos tienen la obligación de comunicar sin demora cualquier cambio relativo a su estado civil y a la composición de su núcleo familiar.
Documentación necesaria para:
Los documentos de estado civil emitidos por las autoridades nicaragüenses deben presentarse en original, apostillados y traducidos al italiano.
Las Apostillas son emitidas exclusivamente por la Oficina de Gobernación del Estado que emitió el acta.
Para la traducción del español al italiano, por favor consulte la lista de los Peritos Traductores reconocidos por la Embajada. “Lista de traductores”
Cómo entregar la documentación:
La documentación debe presentarse a la Cancillería Consular con cita previa. Las citas con la oficina consular se reservan online en el portal Prenotami: https://prenotami.esteri.it.
Como alternativa, la documentación puede presentarse directamente en el municipio italiano al que pertenece (en este caso, es necesario que la Cancillería Consular legalize la traducción del español al italiano – por favor, consulte la Tabla de Derechos Consulares.
CÓMO REGISTRAR EL NACIMIENTO DE UN HIJO
Los hijos de ciudadanos ambos italianos o con al menos uno de los dos padres de nacionalidad italiana, aunque hayan nacido en el extranjero y eventualmente en posesión de otra ciudadanía, son ciudadanos italianos. Por lo tanto, su nacimiento debe registrarse en Italia.
Para registrar el nacimiento de un hijo menor de edad (si es mayor de edad, consulte la sección “Ciudadanía”), debe presentar al Consulado los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de transcripción del acta de nacimiento cumplimentado en todas sus partes (insértese el correo electrónico): véase la sección “Formularios”;
- “copia fiel del libro” (certificada) en la que figuren las firmas de ambos padres expedidas por el Registro Civil nicaragüense (más una fotocopia), con Apostilla (expedida por la Oficina de Gobernación del Estado que emitió el documento) y traducción íntegra al italiano;
- Copia del documento de identidad del menor (si ya está disponible) y copia del pasaporte de ambos padres;
- Si el hijo ha sido reconocido por los padres en diferentes momentos, es necesario presentar el acto de reconocimiento, apostillado y traducido al italiano.
CÓMO REGISTRAR EL MATRIMONIO O UNIÓN CIVIL
El matrimonio celebrado en el extranjero para tener valor en Italia debe ser transcrito al Ayuntamiento italiano competente. Para registrar el matrimonio, es necesario presentar al Consulado los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de transcripción de acta de matrimonio cumplimentado en todas sus partes (insertar correo electrónico): véase la sección “Formularios”.
- “copia fiel del libro” (certificado) expedida por el Registro Civil nicaragüense (más una fotocopia), con Apostilla (expedida por la Oficina de Gobernación del Estado que emitió el documento) y traducción íntegra al italiano;
- Una copia del pasaporte de ambos cónyuges.
CÓMO REGISTRAR LA MUERTE DE UN FAMILIAR
La muerte de un ciudadano italiano en el extranjero debe ser transcrita en Italia. Para registrar el fallecimiento de un miembro de la familia, deberán presentarse en el consulado los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de transcripción del certificado de defunción cumplimentado en todas sus partes (insértese el correo electrónico): véase la sección “Formularios”;
- El documento original (y fotocopia) expedido por el Registro Civil nicaragüense, con la Apostilla (expedida por la Oficina de Gobernación del Estado que emitió el documento) y traducción íntegra al español.
CÓMO REGISTRAR UN DIVORCIO
Para el registro en Italia del divorcio pronunciado en Nicaragua, es necesario presentar al Consulado:
- Declaración Sustitutiva del Acta de Notoriedad: véase la sección “Formularios”;
- Sentencia o acta de divorcio íntegra en original (y fotocopia) con Apostilla (emitida por la Oficina de Gobernación del Estado que emitió el documento) y traducción íntegra en italiano;
- En presencia de hijos menores, la sentencia o el acta de divorcio deberán especificar el régimen de custodia de los mismos;
- En la sentencia (o en una declaración adicional del Tribunal de Primera Instancia) deberá especificarse que se trata de una sentencia con fuerza de cosa juzgada (es decir, que es “ejecutoriada” o que reviste el carácter de “cosa juzgada”); deberá indicarse también la fecha del paso a juzgada (fecha en que la sentencia es firme).
CÓMO SOLICITAR LA RECTIFICACIÓN / EL CAMBIO DE APELLIDO
RECTIFICACIÓN DEL APELLIDO: los ciudadanos italianos nacidos en Nicaragua que hayan sido registrados en el Ayuntamiento de Italia solo con el apellido del padre (o con los dos apellidos paternos) pueden solicitar al Consulado la RECTIFICACIÓN del apellido (para coincidir con lo que aparece en el acta de nacimiento nicaragüense).
Por consiguiente, el interesado deberá presentar:
- una instancia específica al Ayuntamiento de referencia en Italia, utilizando el modelo disponible en la sección “Modulistica”;
- una copia del documento de identidad italiano;
- una copia del documento de identidad nicaragüense en el que figuren los dos apellidos paterno y materno;
- el acta de nacimiento nicaragüense (una copia también es suficiente).CAMBIO DE APELLIDO: los ciudadanos italianos nacidos en Italia de padre nicaragüense, a los que se les han atribuido los dos apellidos paternos, pueden solicitar el CAMBIO de apellido (de modo que resulte con el primer apellido del padre y el primer apellido de la madre).Por consiguiente, el interesado deberá presentar:
- una solicitud directamente a la Prefectura competente por territorio en Italia; a esta instancia deberá adjuntarse:
- una copia del documento de identidad;
- la transcripción del acta de nacimiento en los registros del Estado Civil nicaragüense (donde debería aparecer el doble apellido), con Apostilla (expedida por la Oficina de Gobernación del Estado que emitió el acta) y traducción íntegra al italiano.
MATRIMONIO CIVIL EN NICARAGUA
El ciudadano italiano que desee celebrar el matrimonio en Nicaragua debe contactar directamente con el Registro Civil del Ayuntamiento nicaragüense donde se celebrará el matrimonio.
En general, el Registro Civil solicita la siguiente documentación:
- Documento de nacimiento italiano en original (expedido por el Ayuntamiento de pertenencia en Italia), con apostilla (expedido por la Prefectura en Italia competente por territorio) y traducido del italiano al español por un perito traductor reconocido por la Embajada de Nicaragua en Italia;
- Certificado de estado libre original (expedido por el Ayuntamiento de pertenencia en Italia), con Apostilla (expedido por la Prefectura en Italia competente por territorio) y traducido del italiano al español por un perito traductor reconocido por la Embajada de Nicaragua en Italia;
- NO es necesario realizar las publicaciones en el Consulado o en su municipio.
PUBLICACIONES DE MATRIMONIO
El ciudadano italiano INSCRITO AIRE en Nicaragua que desee celebrar el matrimonio en Italia debe solicitar las publicaciones en la Embajada. Para poder proceder a las publicaciones es necesario presentar:
- Ciudadano nicaragüense: certificado de nacimiento y certificado de estado civil libre, apostillado y traducido al español;
- Ciudadano italiano: autodeclaración de su identidad y del estado civil libre.
Después de la finalización de las publicaciones, la Embajada transmite al Ayuntamiento del interesado el Certificado de publicaciones realizadas.
CERTIFICADOS DE REGISTRO CIVIL QUE DEBEN SOLICITARSE EN LÍNEA
Los ciudadanos inscritos en las anagrafías italianas (tanto APR como AIRE) tienen la posibilidad de solicitar directamente en línea diferentes tipos de certificados de registro. La emisión de dichos certificados es gratuita y solo es posible con la condición de tener una identidad digital (CIE, Spid o CNS).
El sitio al que debe conectarse es https://www.anagrafenazionale.interno.it/servizi-al-cittadino/
Los certificados que pueden exigirse, para sí o para los miembros de la familia que conviven anagráficamente, son:
- Registro de nacimiento
- Registro civil de la boda
- de Ciudadanía
- de Existencia en vida
- de Residencia
- de Residenza AIRE
- de Estado civil
- de Estado de familia
- del estado civil y de la familia
- de residencia en pareja
- de Estado de la familia AIRE
- de Estado de la familia
- de Estado Libre
- Registro de la Unión Civil
- de Contrato de Convivencia